Por: Romina Gayá

Durante COP21, la cumbre llevada a cabo en París, representantes de 195 países acordaron reducir las emisiones de gases de efecto invernadero para combatir el cambio climático. Posibles implicancias para el comercio.

El 12 de diciembre concluyó la 21ª Conferencia de las Partes (COP21) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) en París con un acuerdo mundial para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y combatir el cambio climático.

Allí, los representantes de 195 países confirmaron el objetivo de lograr que la temperatura global se eleve menos de 2ºC y se comprometieron a esforzarse para que la suba sea inferior a 1,5ºC, con el fin de proteger a los Estados insulares, amenazados por la suba del nivel del mar. El acuerdo de París será firmado el 22 de abril de 2016 en Nueva York y entrará en vigor 30 días después de ser ratificado por 55 países que representen al menos 55% de las emisiones globales de GEI.
232_e_IDEAS1_img1-01Antes de la COP21, la mayoría de los países elaboró un plan de acción detallando las acciones que adoptará para disminuir las emisiones de GEI. Sin embargo, fueron consideradas insuficientes para mantener el calentamiento global por debajo del objetivo de 2ºC por la CMNUCC, por lo cual el Acuerdo de París estableció que a partir de 2020 y cada cinco años deberán revisarse las contribuciones de cada país, sin que puedan reducirse los compromisos. Asimismo, se procurará alcanzar la “neutralidad de las emisiones” en la segunda mitad del siglo XXI, que implica absorber tanto carbono como el que se emite. El acuerdo incluye un mecanismo no punitivo de cumplimiento que será supervisado por un comité de expertos.

Además de los compromisos de los Estados, numerosas ciudades –entre ellas muchas de América Latina y el Caribe-, regiones, empresas y entidades de la sociedad civil desarrollarán iniciativas para contribuir la lucha contra el cambio climático, las cuales están registradas en el portal NAZCA y en la Agenda de Acción Lima-París.

 

Responsabilidades comunes pero diferenciadas

El Acuerdo de París establece “responsabilidades comunes pero diferenciadas” en la lucha contra el cambio climático: todos los países deben contribuir pero se tendrán en cuenta las diferentes responsabilidades y capacidades según la situación económica de cada uno. Así, pues, los países desarrollados (PD) deberán recortar sus emisiones de GEI en mayor proporción que los países en desarrollo (PED), quienes deben ampliar sus esfuerzos de mitigación y avanzar en la limitación de las emisiones. También se reconoce que los países menos adelantados (PMA) y los pequeños Estados insulares en desarrollo se encuentran en circunstancias especiales.

El acuerdo reconoce que a partir de 2020 se necesitarán anualmente US$ 100 mil millones para financiar proyectos de adaptación y mitigación del cambio climático. Los PD contribuirán al financiamiento de las acciones de mitigación y adaptación de los PED y deberán proporcionar cada dos años información cuantitativa y cualitativa. Por su parte, los PED están invitados a hacer aportes voluntarios para ese fin y se creará el Comité de París sobre Desarrollo de Capacidades para ayudarlos a alcanzar los compromisos.

 

Bonos de carbono

En el acuerdo se establece también un mecanismo de mercado de uso voluntario para contribuir a la mitigación de emisiones de GEI y al apoyo del desarrollo sostenible. Es decir, la reducción de emisiones en un país podrá ser contabilizada por otro para cumplir con los compromisos nacionales que haya asumido. Este sistema de bonos de carbono podrá ser utilizado por entidades públicas y privadas y los beneficios resultantes se destinarán a la adaptación de países especialmente vulnerables.

 

Implicancias posibles para el comercio

Si bien el Acuerdo establece que al implementarlo se deberían considerar las preocupaciones las economías más afectadas por las medidas de respuesta –especialmente de los PED-, no especifica que las acciones climáticas no deberían convertirse en proteccionismo encubierto. Esto contrasta con el Protocolo de Kioto[1] y con borradores previos del Acuerdo de París donde se señalaba que las medidas unilaterales no deberían convertirse en restricciones innecesarias al comercio internacional y especialmente que los PD no deberían usarlas sobre los bienes y servicios originarios de PED.

Esto abre la posibilidad de que puedan surgir crecientes conflictos comerciales por la adopción de medidas restrictivas al comercio amparadas en la lucha contra el cambio climático. Las exportaciones de los PED y PMA son más vulnerables a este tipo de prácticas y las mayores dificultades de acceso a mercados externos podrían limitar los recursos disponibles para la propia acción climática. Consiguientemente, el Acuerdo plantea el desafío de buscar formas de producción y consumo sostenibles que permitan reducir las emisiones globales de GEI y mejorar la inserción internacional. Los conflictos que pudieran surgir entre las acciones climáticas y el comercio plantean la necesidad de un acuerdo en el ámbito de la Organización Mundial del Comercio (OMC) que considere conjuntamente ambos temas.

 

Recuadro: Comercio y cambio climático en INTAL50
 

El vínculo entre comercio y cambio climático fue eje de debate en el evento central de celebración del 50° aniversario del INTAL por parte de Aaron Cosbey (IISD) y Ricardo Meléndez Ortiz (ICTSD y E15).

Cosbey sostuvo que en la OMC se ha avanzado lentamente en la eliminación de las barreras al comercio de bienes y servicios ambientales y destacó la importancia de políticas nacionales y regionales para fomentarlos, con especial énfasis en el comercio y la inversión (video).

A pesar de que su participación en el mercado mundial de bienes ambientales es baja –con excepción de México en paneles y calentadores solares e instrumentos de medición de presión-, los países de América Latina y el Caribe tienen potencial en la exportación de esta categoría. Cosbey subrayó los casos del etanol en Brasil –donde la política pública fue clave-, los calefactores residenciales solares en México y las heladeras libres de hidroclorofluorocarbonos (HCFC-free) en Colombia. Asimismo, enfatizó la importancia de desarrollar y armonizar estándares obligatorios o voluntarios de eficiencia energética en la región para ampliar el tamaño del mercado potencial.

Meléndez Ortiz, por su parte, sostuvo que el cambio climático propone desafíos, pero también oportunidades que deben ser aprovechadas a través de la innovación y la integración (video).

Con respecto a la COP21, hizo hincapié en la relevancia de los esfuerzos nacionales para reducir las emisiones de GEI. En ese contexto, destacó que las emisiones actuales tienen que ver con la capacidad instalada de bienes de capital e infraestructura, por lo cual se requiere un cambio importante en la matriz energética. Asimismo, se refirió a las energías renovables y afirmó que más importante que el comercio de dichas energías es el de los componentes tecnológicos que se requieren para generarlas (ej. torre eólica, panel fotovoltaico). También subrayó la necesidad de reducir el contenido de carbono de las exportaciones para evitar el impacto negativo de las medidas de respuesta de otros países.

Fuentes: CMNUCC, ICTSD

 

[1] El artículo 2.3 establece que los países que asumieron compromisos de reducir sus emisiones “se empeñarán en aplicar las políticas y medidas (…) de tal manera que se reduzcan al mínimo los efectos adversos, comprendidos los efectos adversos del cambio climático, efectos en el comercio internacional y repercusiones sociales, ambientales y económicas, para otras Partes, especialmente las Partes que son países en desarrollo”.